Casos especiales como consecuencia de Acuerdos Internacionales
Los nacionales franceses (mayores de 18 años y menores de 35) que deseen realizar pasantías rentadas en empresas radicadas en la República Argentina podrán acogerse al Convenio firmado el 26/9/95.
Los nacionales suizos (mayores de 18 años y menores de 35) que deseen realizar pasantías rentadas en empresas radicadas en la República Argentina podrán acogerse al Convenio firmado el 26/11/97.
Los estudiantes, profesores y deportistas aficionados estadounidenses podrán acogerse al Convenio del 15/4/42 que establece la gratuidad del trámite de visado. Este beneficio es extensivo a cónyuges e hijos menores de edad.
Tambien te puede interesar: Todo Espectaculos Como ir, Como llegar, Como ir Direccion y Telefonos de Chile.
0 comentarios:
Publicar un comentario